Aplazamiento De Deudas Tributarias De Ámbito Estatal

Ayudas hacienda Covid

El Real Decreto Ley 7/2020 de 12 de marzo, regula ciertas medidas de apoyo financiero, como el APLAZAMIENTO DE DEUDAS TRIBUTARIAS DE ÁMBITO ESTATAL para autónomos y pymes.

El ingreso de las deudas tributarias correspondientes a las declaraciones-liquidaciones y autoliquidaciones con plazo de presentación e ingreso desde el 13 de marzo al 30 de mayo, ambos inclusive, podrán aplazarse, sin necesidad de aportar garantías.

Condiciones:

  • Cuantía de la deuda inferior a 30.000 euros.
  • Que el volumen de operaciones del deudor no supere los 60.010.121,05 euros en el año 2019.
  • El aplazamiento será de seis meses, no devengándose intereses de demora durante los tres primeros.

Podrá solicitarse también para las retenciones, IVA y pagos fraccionarios que, conforme a las reglas ordinarias, no son susceptibles de aplazamiento.

IMPORTANTE: La posibilidad de aplazamiento, no exime de la obligación de presentar la autoliquidación por el procedimiento habitual, debiendo marcar la opción “reconocimiento de deuda”.

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