Reanudación de Plazos Administrativos Y El Alzamiento de la Suspensión de los Plazos Procesales

La última prórroga del estado de alarma, aprobada por el Congreso de los Diputados (publicada en el BOE del 23 de mayo), prevé la REANUDACIÓN DE PLAZOS ADMINISTRATIVOS Y EL ALZAMIENTO DE LA SUSPENSIÓN DE LOS PLAZOS PROCESALES. 

Plazos Administrativos (Procedimientos Administrativos)

  • Se reanudarán el 1 de junio.
  • Se deroga la disposición adicional tercera del RD 463/2020 que decretó el estado de alarma, reanudándose desde el 14 de marzo los plazos administrativos que habían quedado suspendidos.

Plazos Procesales (Procedimientos Judiciales)

  • Se reiniciará su cómputo el 4 de junio, desde el principio (conforme a lo previsto en el Real Decreto-ley 16/2020, de 28 de abril, publicado en el BOE del 29 de abril, por el que se adoptan medidas procesales y organizativas para hacer frente al COVID-19).
  • Se derogan las disposiciones adicionales segunda y cuarta del RD 463/2020.
  • Se declaran hábiles para todas las actuaciones judiciales los días 11 a 31 del mes de agosto de 2020.

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