La última prórroga del estado de alarma, aprobada por el Congreso de los Diputados (publicada en el BOE del 23 de mayo), prevé la REANUDACIÓN DE PLAZOS ADMINISTRATIVOS Y EL ALZAMIENTO DE LA SUSPENSIÓN DE LOS PLAZOS PROCESALES.
Plazos Administrativos (Procedimientos Administrativos)
- Se reanudarán el 1 de junio.
- Se deroga la disposición adicional tercera del RD 463/2020 que decretó el estado de alarma, reanudándose desde el 14 de marzo los plazos administrativos que habían quedado suspendidos.
Plazos Procesales (Procedimientos Judiciales)
- Se reiniciará su cómputo el 4 de junio, desde el principio (conforme a lo previsto en el Real Decreto-ley 16/2020, de 28 de abril, publicado en el BOE del 29 de abril, por el que se adoptan medidas procesales y organizativas para hacer frente al COVID-19).
- Se derogan las disposiciones adicionales segunda y cuarta del RD 463/2020.
- Se declaran hábiles para todas las actuaciones judiciales los días 11 a 31 del mes de agosto de 2020.