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Si no se justifican, el ERE puede impugnarse.

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El Expediente de Regulación de Empleo (ERE) es un procedimiento especial al cual puede acudir una empresa para lograr el despido colectivo de trabajadores o la suspensión colectiva de las relaciones laborales, ante una contingencia o problemas económicos, que amenacen su quiebra o continuidad operativa.

Este procedimiento debe ser tramitado con el debido conocimiento, pues toda acción incorrecta o indebida puede acarrear que la decisión empresarial sea impugnada y declarada no ajustada a derecho ante la jurisdicción social. En todo caso, en BBM Abogados asesoramos en trámites de carácter laboral, por lo que puede acudir a nosotros para estudiar su caso.

¿Qué se puede lograr con un ERE?

Básicamente un ERE puede usarse para despidos colectivos, suspensión de los contratos de trabajo o para la reducción de la jornada laboral, aunque en sentido estricto, el mismo se refiere exclusivamente al primer supuesto, el cual tiene como objetivo la terminación o extinción de la relación laboral.

DESPIDOS COLECTIVOS

Se trata de la forma de terminación de la relación laboral por voluntad de la empresa, cuando ocurren razones económicas, técnicas, de producción u organizativas. En este caso, el ERE procura que la empresa pueda superar condiciones económicas adversas que impedirían su continuidad, y para ello se le autoriza a reducir su personal o a suspender sus contratos mientras mejora el aspecto económico.

SUSPENSIÓN DE CONTRATOS

También es posible que la relación simplemente se suspenda. Esto significa que la relación laboral entre la empresa y el trabajador sigue vigente, pero no hay obligaciones de ninguna de las dos partes (acudir a la jornada para el trabajador, pagar el salario para la empresa). Esta suspensión puede ser sobre toda la plantilla de trabajadores o únicamente para una parte de la misma.

REDUCCIÓN DE LA JORNADA

De igual manera, puede ocurrir que las razones antes vistas puedan ser solicitadas para pedir la autorización de la reducción de la jornada laboral, esto es, que se reduzca la faena establecida para cada trabajador y, por tanto, también se reduzca proporcionalmente el pago de parte de la empresa.

Requisitos para solicitar el ERE

Este expediente busca que se pueda despedir a un número significativo de trabajadores dentro de un lapso de 90 días. Dicho número de trabajadores viene determinado por:

– 10 trabajadores, en aquellas empresas que cuenten en su plantilla con menos de 100 trabajadores.

– El 10% de los trabajadores en aquellas empresas cuya plantilla tenga entre 100 y 300 trabajadores.

– 30 trabajadores para las empresas que cuenten con más de 300 trabajadores.

JUSTIFICAR LAS RAZONES

Por su parte, luego de que la empresa toma la decisión de reducir su plantilla de trabajadores, debe alegar y justificar la razón del ERE. En este caso, según cada una de las razones operarán requisitos diferentes.

CAUSAS ECONÓMICAS

Para demostrar que se requiere una reducción de la plantilla de trabajadores por causa económica, basta demostrar la disminución persistente, durante tres trimestres consecutivos, de los ingresos de la empresa, o que en los mismos se refleje un decrecimiento en relación al período inmediatamente anterior.

De igual forma, se pueden presentar proyecciones sobre los ingresos actuales y de cómo los mismos disminuirán en función de las condiciones económicas que se están presentando en la empresa.

MOTIVOS TÉCNICOS

Este es el caso típico en el cual una nueva tecnología o sistema de producción comienza a hacer incensario un determinado personal, toda vez que sus funciones pueden pasar a estar automatizadas. En este caso, le ERE buscará reducir la plantilla de trabajadores, toda vez que resultaría innecesaria su mano de obra, de cara a los nuevos sistemas productivos.

CAUSAS ORGANIZATIVAS

Asimismo, la necesidad de reducir personal también puede estar asociada a los cambios de estructura de la empresa (fusiones corporativas o cambio de la rama económica), en tales casos, la nueva organización puede requerir modificar o reducir las plazas de trabajo existentes.

Procedimiento para solicitar el ERE

Cuando la administración de la empresa ha decidido iniciar un ERE, debe comunicar la apertura del periodo de consultas a los representantes de los trabajadores y, simultáneamente, comunicarlo a la autoridad laboral, aportando la documentación que acredite las causas alegadas. Es decir, no bastará con simplemente alegar una causa; en todo caso, la misma deberá estar debidamente probada.

Por su parte, esta empresa debe desarrollar el período de consultas con el sindicato de los trabajadores o con los representantes de dichos trabajadores. Esta etapa implica una negociación entre las partes, a objeto de llegar a un acuerdo sobre el número de despidos y las condiciones en las cuáles se llevarán a cabo. La autoridad laboral no autoriza el ERE: únicamente recibe la comunicación y vela por la efectividad del periodo de consultas.

Concluido el periodo de consultas, con o sin acuerdo, la empresa notifica su decisión final a los representantes de los trabajadores y a la autoridad laboral. Desde la reforma laboral de 2012 ya no se necesita autorización administrativa para llevar a cabo el despido colectivo; la decisión empresarial solo podrá ser impugnada en vía jurisdiccional, ante la jurisdicción social.

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El proceso, paso a paso

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    Revisamos el acuerdo o la decisión

    Comprobamos indemnizaciones, criterios de afectación y plazos.

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    Impugnamos si procede

    Si el ERE es irregular, lo recurrimos ante los tribunales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué es un ERE? +

Un Expediente de Regulación de Empleo es el procedimiento por el que una empresa, por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, extingue, suspende o reduce contratos de forma colectiva.

¿Qué diferencia hay entre un ERE y un ERTE? +

El ERE supone la extinción definitiva de los contratos (despido colectivo). El ERTE es temporal: suspende los contratos o reduce la jornada durante un tiempo, tras el cual el trabajador se reincorpora.

¿Qué indemnización corresponde en un ERE? +

En un despido colectivo procedente, la indemnización mínima es de 20 días de salario por año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades, aunque suele negociarse al alza en el periodo de consultas.

¿Se puede impugnar un ERE? +

Sí. Tanto los representantes de los trabajadores como cada persona afectada pueden impugnar el ERE si las causas no se justifican o el procedimiento es defectuoso.

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