Incapacidades

Bufete Bermejo Martínez y Asociados

Sufrir un accidente de tráfico o de cualquier otra naturaleza genera, en favor de la víctima, el derecho a obtener un resarcimiento del daño moral o físico del que haya sido objeto. En todo caso, si ese daño ha originado algún tipo de incapacidad, se hará necesario evaluarla a objeto de determinar el tipo de indemnización a que pudiera dar lugar.

En BBMabogados somos expertos en el tratamiento de las incapacidades, así como su evaluación y reclamo. Por ello, no dude en contactarnos en caso de estar inmerso en una situación relacionada con la indemnización por incapacidades en Santander.

¿Qué son las incapacidades?

Se entiende que la misma es una disminución en las aptitudes físicas o intelectuales que una persona pueda sufrir como consecuencia de un hecho ajeno a su voluntad. Es decir, cuando sufrimos un daño por parte de un tercero, sin que el mismo sea producto de una conducta descuidada o intencional de nuestra parte.

TIPO DE INCAPACIDADES

Sobre el régimen de incapacidades, las mismas se clasifican en función de la pérdida de las capacidades profesionales o laborales que haya sufrido el afectado. Éstas son iguales para el caso de las incapacidades profesionales y se clasifican en:

INCAPACIDAD TEMPORAL 

Se presentan cuando la condición de la persona no queda afectada de por vida, sino por un período que no supera los 12 meses (prorrogable por 6 meses más). 

INCAPACIDAD PERMANENTE

En este caso, se plantea la reducción, disminución o pérdida de las capacidades de la persona por un período superior a 18 meses o de por vida. Al respecto, estas se subdividen en:

– Incapacidad permanente parcial (disminución de un mínimo del 33% de la capacidad laboral del afectado).

– Incapacidad permanente total (impedimento para seguir ejerciendo la profesión habitual, pero no otra profesión o actividad económica).

– Incapacidad permanente absoluta (aquella que afecta la posibilidad del afectado para seguir realizando su oficio o cualquier otro).

– Gran invalidez (pérdida de la capacidad para ejercer cualquier oficio, así como para valerse por sí mismo).

¿Qué conceptos se pueden reclamar como indemnización por incapacidades en Santander?

Existen dos grandes grupos de derechos económicos que podemos reclamar ante estas situaciones. El primero de ello es la compensación económica o pensión correspondiente ante la Seguridad Social, tema que es más propio del derecho laboral. Por otro lado, la persona afectada por un accidente o daño a su esfera personal también puede solicitar la correspondiente indemnización económica por perjuicio físico y/o moral. 

Indemnización por perjuicio físico o personal

La misma busca que se restablezca el daño a la integridad física de la persona, o al menos reciba una compensación equivalente ante el daño sufrido. En líneas generales, la cuantía de esta indemnización viene dada por el Baremo de Indemnización que se actualiza y publica anualmente en el BOE. Si bien el mismo está referido a los accidentes de circulación, sirve como referencia para estimar daños producidos en otras circunstancias. 

Por otro lado, se debe tener presente que la solicitud de indemnización o pago de la correspondiente pensión ante la Seguridad Social, en modo alguno limita o excluye el derecho a reclamar las demás indemnizaciones que pudieran generarse. 

Indemnización por daño moral

El daño moral está referido al sufrimiento psicológico que ha podido sufrir la persona tras un accidente. Esto abarca desde la afectación de su imagen (daños morales cosméticos) hasta el sufrimiento o padecimiento como secuela del accidente o daño. Este tipo de daño moral se estima en función de la incapacidad que se haya podido producir, así tenemos:

– Daño moral leve, cuando se sufre una incapacidad temporal.

– Supuesto del daño moral moderado, consecuencia de la incapacidad permanente total

– Daño moral grave, cuando se sufre una incapacidad permanente absoluta.

– Supuesto del daño moral muy grave, que se establece en los casos de gran invalidez. 

Indemnización por daños derivados

Se trata de los daños indirectos que pudo generar el accidente o hecho dañoso y que también deben ser resarcidos. En tal caso, se plantea el supuesto de los tratamientos médicos, rehabilitaciones, traslados a recintos médicos y demás hechos relacionados. 

De igual manera, en los casos de incapacidades, serán computados como indemnización el tiempo que deba dedicar el afectado a las tareas médicas necesarias para su total recuperación.

¿Cómo reclamar una indemnización por incapacidades en Santander?

Básicamente existen dos formas, la judicial y la extrajudicial.

VÍA EXTRAJUDICIAL

Esta se refiere a la reclamación ante el seguro o responsable del hecho que genera la incapacidad. En este aparte incluimos los trámites de reclamo, pero también el eventual arbitraje al que pudiera ser necesario acudir en caso de no llegarse a un acuerdo.

VÍA JUDICIAL

Es la reclamación ante los tribunales. En este caso, cuando no se logra llegar a un acuerdo para la indemnización por incapacidad, es posible acudir a un juez civil para que declare las responsabilidades correspondientes. Esta querella puede ser intentada por la víctima del daño o por sus familiares calificados, en caso de que el afectado haya quedado incapacitado para hacerlo de modo propio.

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