Conducir un vehículo automotor, como un coche o una moto, implica para el conductor una serie de responsabilidades. En este sentido, cuando tales normas de responsabilidad, contenidas en su mayoría e la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, no son cumplidas, un simple accidente puede generar consecuencias penales para el infractor, las cuales van desde multas hasta la pérdida de la libertad.
En BBMabogados somos especialistas en materia penal y ponemos a su disposición a los mejores profesionales del ramo para que lo acompañe en el proceso penal o de investigación, en caso de quedar incurso en un supuesto de responsabilidad penal al conducir. Para ello, veamos los supuestos más comunes en que tales accidentes adquieren el carácter de ilícito.
En este caso, se hace referencia al conducir con exceso de velocidad. Al respecto es de recordar que los límites de velocidad permitidos en Santander son de 90 kilómetros por hora, en carreteras convencionales.
Esto supone que todo exceso a tal velocidad genera un riesgo a la seguridad ciudadana. En este tipo de situaciones la pena por exceder el límite de velocidad va entre los tres y seis meses de prisión. No obstante, la misma puede aumentar considerablemente si además del exceso de velocidad se demuestra que la persona conducía bajo los efectos de alguna sustancia psicotrópica, alcohol o si se encontraba hablando por el móvil.
El conducir bajo los efectos del alcohol es un delito, toda vez que se entiende que la conducta del conductor puede poner en riesgo la seguridad material y física del propio conductor, pero también de aquel que se encuentre a su alrededor.
En este caso, para determinar si en efecto se está conduciendo en estado de embriaguez, es común que las autoridades realicen el test, prueba o índice de alcoholemia. Así, si el alcohol es superior a 0,5 gramos por litro en sangre y 0,25 miligramos por litro en aire expirado, se entiende que el conductor está ebrio o borracho.
A su vez, la ley hace una distinción para conductores profesionales (aquellos que conducen transporte público, taxis u otros similares). En tal caso, los límites de alcohol para este tipo de profesionales son de 0,3 gramos por litro de sangre para considerar que está bajo los efectos del alcohol.
Por su parte, aquel que es encontrado culpable de conducir bajo los efectos del alcohol puede sufrir una pena que va entre los tres meses a los seis meses de prisión. Ahora bien, según nuestra experiencia, es de vital importancia acudir a los servicios de un letrado apenas se es acusado de haber estado conduciendo bajo los efectos del alcohol, pues son muy conocidos los casos en los que el test de alcoholemia arroja falsos positivos, es decir, señala que los límites de alcohol en la sangre de la persona exceden los límites permitidos, cuando en realidad esto es falso.
En todo caso, con la debida asesoría, se le puede exigir a las autoridades repetir este test.
La misma supone una conducta de parte del conductor que pone en riesgo la vida de los terceros. Es decir, se comenten actos que por sí mismos son un riesgo. En este caso, hacemos especial referencia al conducir con manifiesto desprecio a la vida humana. Tal es el supuesto de conducir con exceso de velocidad dentro de un área escolar o conducir en contra sentido, conducir a una velocidad muy superior a la permitida por una vía de circulación o, incluso, realizar maniobras con el vehículo que por sí misma serían un riesgo.
En cualquier caso, ante este tipo específico de conducción, el responsable puede sufrir una pena de entre uno a dos años de prisión.
Conducir implica aceptar un número de reglas. Así, es usual que las autoridades viales coloquen puntos de control para realizar inspecciones. En este sentido, el conductor tiene la obligación de acatarla; caso contrario, quedará inmerso en un delito.
A su vez, esta negativa se puede manifestar en:
❶ No parar o detenerse en un puesto de seguridad vial que ordena dar el alto.
❷ Cuando la autoridad le indique al conductor que debe someterse al test de alcoholemia o drogas y éste se niegue.
En ambos casos, el conductor puede quedar sometido a una pena de entre seis meses y un año de prisión.
En caso de que en un accidente de tráfico se hayan generado daños a la propiedad ajena, lesiones a terceros o la muerte de otro ser humano, entonces se hace necesario evaluar la conducta del conductor. Así, si éste estaba conduciendo bajo alguno de los supuestos antes vistos, es clara su responsabilidad y su pena se aumentará de conformidad al daño causado.
Por su parte, se hace necesario analizar cada caso particular, ello con miras a diseñar la mejor defensa procesal ante las acusaciones que irán surgiendo en contra del conductor.
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