REGISTRO DE CLIENTES Y LIMITACIÓN DE HORARIOS

El pasado viernes 24 de julio se publicó en el Boletín Oficial de Cantabria (con efecto desde el domingo 26), una resolución de la Consejería de Sanidad por la que se aprueban las siguientes medidas adicionales de prevención de la Covid-19:

  • REGISTRO DE CLIENTES. Los hoteles, alojamientos turísticos, peluquerías, centros de belleza, gabinetes de estética, salones de manicura, pedicura y depilación, las saunas y gimnasio deberán contar con un registro de las personas que accedan al establecimiento, con indicación de fecha y hora. Se deberán recoger nombre apellidos y número de teléfono de contacto. Se requerirá el consentimiento del interesado, pudiendo condicionar el derecho de admisión en caso contrario por razones de salud pública. Dicho registro estará a disposición exclusivamente de la Dirección General de Salud y por un tiempo de treinta días. Se deberá respetar, en todo caso, la normativa general de Protección de Datos Personales.
  • LIMITACIÓN DE HORARIOS. Los locales de ocio nocturno como discotecas y salas de fiesta, las cafeterías, restaurantes y bares, deberán cerrar antes de las 2:00 horas de la madrugada, no pudiendo admitirse nuevos clientes después de la 1:30 horas. Todo ello, sin perjuicio del debido respeto al horario previamente autorizado.

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