Presentación de Impuestos

Bufete Bermejo Martínez y Asociados

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Señales de que necesitas ayuda profesional

Acabas de crear una empresa o darte de alta

Cada forma juridica tiene unas obligaciones y modelos distintos, y conviene tenerlos claros desde el primer dia.

No sabes que modelos te corresponde presentar

111, 130, 303, 200, 390 o 190 dependen de tu actividad y confundirlos genera errores y sanciones.

Se te acumulan los plazos trimestrales

Las autoliquidaciones trimestrales coinciden en fechas y olvidar una conlleva recargos automaticos.

Tienes trabajadores y retenciones que ingresar

Las retenciones del IRPF de nominas y de profesionales deben declararse e ingresarse en plazo cada trimestre.

Quieres aprovechar deducciones y bonificaciones fiscales

Una buena planificacion permite aplicar incentivos y reducir legalmente tu carga impositiva.

Has recibido un requerimiento por una declaracion no presentada

Hacienda cruza datos y reclama los modelos omitidos; responder con asesoramiento evita agravar la situacion.

Cuéntanos tu caso

Los impuestos representan una constante preocupación, tanto para personas naturales como jurídicas, con independencia del tipo societario de que se trate. El cumplimiento de los deberes formales puede ser un gran reto para quienes están en la obligación de presentar sus impuestos.

Por lo anterior, contar con la asesoría adecuada es de gran importancia para la buena gestión fiscal de su empresa o emprendimiento. Los expertos le orientarán para hacer de su conocimiento la totalidad de los impuestos que esté obligado a presentar. En BBM Abogados asesoramos en materia tributaria, por lo que no dude en contactarnos.

Impuestos directos e indirectos

Lo primero que vale destacar es que los impuestos pueden ser directos o indirectos, dependiendo de lo que se grava. Es decir, un impuesto es directo cuando se aplica o se grava el dinero que percibe el contribuyente. Ejemplos de estos impuestos se encuentran el Impuesto sobre las Personas Físicas (IRPF), el Impuesto de Sociedades y el Impuesto de Actividades Económicas.

Por otra parte, un impuesto es indirecto cuando se establece atendiendo al hecho imponible, es decir a una actividad en particular; el más común es el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA).

¿Cuáles son los impuestos más comunes que deben ser presentados?

Una vez realizada la distinción anterior, conozcamos cuáles los impuestos más comunes que deben ser presentados a la administración tributaria:

IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS (IRPF)

Este tributo grava la renta de las personas residentes en territorio español durante el último ejercicio. En el caso de las empresas, el mismo debe ser pagado cada tres meses, pero si la empresa tiene un flujo mayor a los 6 millones de euros, su periodicidad será mensual.

El lapso para el pago de cada trimestre, será en los primeros 20 días del mes siguiente. Así el trimestre enero-marzo, se pagará entre el 1º y el 20 de abril, el trimestre abril-junio, entre el 1º y 20 de julio. Mientras el trimestre julio-septiembre, entre el 1º y 20 octubre y finalmente, el trimestre octubre-diciembre entre el 1º y 20 de enero.

Para el IRPF, se debe tener en cuenta dos modelos. El primero, el modelo 111 contentivo de la cotización trimestral de la cantidad que el empresario retiene al mes a sus trabajadores. Entre tanto, el modelo 190 es el resumen de lo retenido a cada trabajador durante el año. Al terminar el ejercicio de ese año, se presenta el 190 dentro de los 20 primeros días del año siguiente.

A los fines de determinar la capacidad económica del contribuyente, pueden ser considerados factores personales y familiares. De manera que se dan exenciones, reducciones y deducciones, que permiten pagar menos impuestos.

EL IMPUESTO DE SOCIEDADES

Este impuesto grava los rendimientos obtenidos por las sociedades durante el año. De manera que se paga solo si se obtiene beneficios. Sobre el mismo, es importante saber que existen distintos porcentajes, así encontramos el general de 25%; el reducido, de 15% dirigido a emprendedores, el cual es aplicado durante los dos primeros años de actividad de nuevas empresas.

El pago se hace de una sola vez, pudiendo fraccionarse en determinadas circunstancias.

IMPUESTO DE ACTIVIDADES ECONÓMICAS

Es de carácter local, aplicable a todo tipo de actividad económica tanto de personas físicas como jurídicas. No obstante, actividades ganaderas, agrícolas, la pesca, las entidades sin ánimo de lucro o cuando se tiene un volumen de negocio que no llega al millón de euros, están exentas de este pago.

EL IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO

Se trata de un impuesto indirecto y todos lo pagamos cada vez que compramos un producto o servicio. Según lo básico que se considere el bien o servicio, se aplicarán diversos porcentajes de pago.

Otra característica es que se paga a la empresa suministradora del bien o servicio y será ésta la encargada de realizar declaraciones cada tres meses, a la administración tributaria.

Asesoría para la presentación de impuestos en Santander

Un buen asesoramiento permitirá dar cabal cumplimiento a las obligaciones tributarias, al tiempo que se asegura un ahorro impositivo, todo esto de conformidad con la legislación vigente. De forma que se podrán aprovechar las deducciones, bonificaciones o incentivos fiscales aplicables.

Asimismo, la confección y presentación de las declaraciones tributarias estarán en manos de profesionales, minimizando los riesgos de errores u omisiones en las mismas. También representa una gran ventaja contar con la debida asesoría a la hora de calcular plazos para la presentación de los distintos impuestos, de manera que no se nos escape ninguno.

La base para lograr una declaración libre de inconvenientes, y esto se aplica con independencia del impuesto a ser presentado, es que se debe contar con toda la información necesaria y relevante para su preparación. Para ello, hay que atender cuidadosamente a los supuestos establecidos en la legislación respectiva, lo cual permitirá la elección de las mejores opciones para el contribuyente.

La presentación de impuestos no debe verse como un mero trámite automatizado. Es importante que el contribuyente comprenda el alcance del mismo y cómo puede tomar los datos reflejados en su actividad para mejorarla.

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Protegemos los derechos de nuestros clientes con el mayor empeño y diligencia, poniendo especial énfasis en el trato personal

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El proceso, paso a paso

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    Identificamos tus obligaciones

    Analizamos tu actividad y forma juridica para definir que impuestos y modelos debes presentar y con que periodicidad.

  2. 2

    Organizamos tu informacion fiscal

    Reunimos facturas, nominas, retenciones y justificantes necesarios para confeccionar cada declaracion.

  3. 3

    Confeccionamos las autoliquidaciones

    Calculamos las cuotas de IRPF, IVA, Sociedades y demas tributos aplicando deducciones y bonificaciones disponibles.

  4. 4

    Presentamos y controlamos los plazos

    Presentamos telematicamente dentro de plazo y llevamos un calendario fiscal para que no se escape ninguna obligacion.

Beneficios de contar con BBM Abogados

Experiencia real

Más de tres décadas resolviendo casos en Santander y Cantabria nos dan una perspectiva que marca la diferencia.

Respuesta ágil

Sabemos que los plazos legales son críticos. Actuamos con rapidez para que no pierdas ningún derecho por cuestión de tiempo.

Equipo especializado

Nuestros abogados están en permanente formación y al día de todos los cambios legislativos que pueden afectar a tu caso.

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¿Qué dicen nuestros clientes?

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Preguntas frecuentes

¿Cuales son los plazos de presentacion trimestral de impuestos? +

Las autoliquidaciones trimestrales (como el IVA modelo 303 o las retenciones modelo 111) se presentan, con caracter general, dentro de los veinte primeros dias naturales del mes siguiente al fin de cada trimestre: en abril, julio y octubre, y en enero para el cuarto trimestre. Algunos resumenes anuales tambien se presentan en enero. Si el ultimo dia es inhabil, el plazo se traslada al siguiente dia habil.

¿Que impuestos debe presentar una empresa? +

Una sociedad presenta habitualmente el IVA (modelos 303 y 390), las retenciones de trabajadores y profesionales (modelos 111 y 190), las retenciones de alquileres si procede (modelos 115 y 180), los pagos fraccionados y la declaracion anual del Impuesto sobre Sociedades (modelo 200). Segun su actividad puede tener obligaciones adicionales, como operaciones intracomunitarias o el modelo 347. Cada caso debe revisarse de forma individual.

¿Que diferencia hay entre impuestos directos e indirectos? +

Los impuestos directos gravan la obtencion de renta o la titularidad de un patrimonio, como el IRPF, el Impuesto sobre Sociedades o el Impuesto de Actividades Economicas. Los indirectos gravan el consumo o la circulacion de bienes, siendo el IVA el ejemplo mas claro. La principal diferencia es que en los indirectos quien soporta el impuesto no suele coincidir con quien lo ingresa en Hacienda. Esta distincion influye en como y cuando se declara cada tributo.

¿Que ocurre si presento un modelo con errores? +

Si el error perjudica a Hacienda (declaraste de menos), debes presentar una declaracion complementaria; si te perjudico a ti, puedes solicitar la rectificacion de la autoliquidacion. Corregir voluntariamente antes de un requerimiento reduce las consecuencias frente a hacerlo despues. Los errores reiterados o no subsanados pueden derivar en sanciones. En BBM Abogados revisamos tus modelos y tramitamos las correcciones necesarias. Te atendemos en el 942 36 10 48 o en /contacto/.

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En BBM Abogados ponemos a tu disposición un equipo con más de 30 años de experiencia para asesorarte y defender tus intereses con cercanía, rigor y resultados en toda Cantabria.

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