Registro de Marcas

Bufete Bermejo Martínez y Asociados

Emprender, crear, innovar o cualquier otra forma de hacer la diferencia en el mercado es un aspecto de gran importancia hoy en día. Este proceso, que conlleva mucho trabajo, inversión y conocimiento, es una historia prácticamente desconocida para los terceros, pero es esencial para los empresarios. Es por ello que, proteger legalmente el nombre, imagen y todo el esfuerzo que hay detrás de una empresa, resulta cada vez más necesario.

Como consecuencia de lo anterior, existen mecanismos destinados a la protección de las creaciones. De estos mecanismos, el registro de marcas es uno de los más requeridos. En BBMabogados somos expertos en el registro de marcas, por lo que no dude en contactarnos para conocer más de este proceso.

¿Qué es una marca?

El primer punto que debemos tener claro es lo que se considera una “marca”, para ello acudimos a la definición que nos ofrece la Oficina Española de Patentes y Marcas, organismo ante el cual se realiza el registro. En este sentido indica que la marca es el signo que permite distinguir un producto o servicio en el mercado, es decir, es un signo distintivo.

Gracias a la marca podremos diferenciar e individualizar unos productos y servicios de otros de idéntica o similar naturaleza. Al mismo tiempo, ayudan a identificar el origen empresarial, lo cual también se constituye en un medio de promoción.

Por otra parte, vale mencionar que podrán constituirse en marcas las palabras, nombres de personas, dibujos, letras, cifras o colores. Asimismo, la forma del producto o la de su embalaje y los sonidos podrían ser registrados como marca. Lo esencial es que estos caracteres sirvan para distinguir los productos o servicios de una empresa de los de otras.

En este orden de ideas, para que tales distintivos sean considerados legalmente como una marca deben seguir el procedimiento de Registro de Marcas. De esta manera, se podrá determinar el preciso tipo de protección de que goza el titular de la marca.

Tipos de marca

Es importante resaltar la existencia de varios tipos de marcas, que se adapten a las necesidades. Así pues, encontramos:

MARCA INDIVIDUAL

Es propiamente el tipo explicado con anterioridad, donde el signo distintivo utilizado por el empresario, le permite diferenciar su producto o servicio de otros ofertados por los competidores.

MARCA COLECTIVA

Este tipo permite distinguir los productos o servicios de los miembros de una asociación de fabricantes, comerciantes o prestadores de servicios. El titular de la marca es esa asociación.

MARCA DE GARANTÍA

Tal como su nombre lo indica, certifica el cumplimiento de requisitos comunes, relativos a la calidad, condiciones técnicas, componentes, origen, método de elaboración de un producto.

Este tipo de marca no es utilizada por el titular directamente, sino por terceros que han sido previamente autorizados por él, quien controlará y evaluará que los productos o servicios del autorizado cumplen los requisitos que dicha marca garantiza.

Procedimiento del registro de marcas en Santander

Debemos tener en cuenta que este proceso es un poco largo (puede llevar hasta 12 meses) y costoso, razones por las que muchos empresarios no se deciden a proteger sus marcas. No obstante, llevar a cabo el registro permitirá evitar problemas a futuro.

BÚSQUEDA DE ANTECEDENTES REGISTRALES

A los fines de verificar que la marca a ser registrada está libre, se debe solicitar a la Oficina Española de Patentes y Marcas un informe de búsqueda en las diferentes clases en las que se desea registrar el signo. También, se puede efectuar la búsqueda en la OEPM.

PRESENTACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN

El trámite se puede realizar de forma personal o a través de internet, de este modo habrá una reducción de las tasas de solicitud del 15%. Una vez realizada la solicitud, se otorgan fecha y hora para la presentación, así como, un número que identifica el expediente.

EVALUACIÓN

Una vez presentada la documentación, será sometida a revisiones tanto de forma como de fondo. Luego, se publicará en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial durante dos meses, para que terceros que se consideren perjudicados presenten escrito de oposición a la concesión de la marca solicitada.

De no producirse reclamación alguna o resueltas las presentadas, la marca es examinada nuevamente para comprobar su apego a todas las normativas vigentes. Finalmente, la oficina otorgará la concesión o denegará la marca.

RENOVACIÓN

El registro tendrá vigencia máxima de 10 años desde la fecha de la solicitud. Una vez cumplido este tiempo, se debe proceder a la renovación del mismo indefinidamente si se quiere seguir disfrutando de la protección legal de la marca.

¿Por qué realizar el registro de la marca en Santander?

A pesar de ser un proceso largo y costoso, registrar una marca nos evitará problemas en el futuro. Se garantiza el derecho de uso exclusivo de la marca por parte del titular, que funcionará como una defensa ante los tribunales si este derecho es vulnerado por los competidores.

De esta manera, el registro se constituye en una protección de la inversión realizada en el producto o servicio.

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